Desfibrilador externo automático (DEA)
Muchos estados han promulgado, o están considerando, leyes que exigen la colocación de desfibriladores externos automáticos (DEA) en todos los gimnasios. Un DEA es un dispositivo alimentado por baterías que se utiliza para administrar una descarga eléctrica a través de la pared torácica al corazón de una persona que ha sufrido una parada cardíaca.
Problema nº 1: Requisitos de personal
Algunas leyes que obligan a instalar DEA en los gimnasios exigen también la presencia de una persona formada en su uso. Debido a estas leyes, si se produce una parada cardíaca en un club que dispone de un DEA pero no hay nadie de servicio que esté capacitado para utilizarlo, el club podría ser considerado responsable por negligencia. Este requisito resulta problemático para los gimnasios de 24 horas, que no tienen personal durante ciertas horas.
Problema nº 2: Tiempo de cumplimiento adecuado
Algunas leyes no prevén el tiempo suficiente para que los gimnasios adquieran un DEA. Dado que la mayoría de los gimnasios emplean principalmente personal a tiempo parcial, la coordinación y administración de la formación en DEA puede ser un proceso largo.
Cuestión nº 3: Protección de la responsabilidad
A muchos propietarios y empleados de clubes les preocupa que el hecho de tener un DEA en el local aumente su responsabilidad, con lo que se incrementa su riesgo de responsabilidad. Aunque existe una ley federal (la Ley de Supervivencia de Paros Cardíacos de 2000) y muchos estados cuentan con leyes del "buen samaritano", todavía hay mucha zona gris en lo que respecta a si un empleado o el propietario de un club podrían ser considerados responsables de las lesiones o la muerte de un socio del club.
Muchas personas tienen una falsa sensación de seguridad con las leyes del "buen samaritano" de su estado debido a que estas leyes sólo garantizan la protección de los voluntarios. No está del todo claro si un empleado y/o propietario de un club puede ser clasificado como voluntario. Dado que un empleado, instructor o propietario de un club de salud que ofrece ayuda en un caso de SCA es visto por muchos como una expectativa implícita de su empleo, un tribunal puede no reconocer a estas personas como protegidas por la ley del Buen Samaritano de su estado.
¿Necesita más información? Póngase en contacto con Política Pública de IHRSA por correo electrónico o llamando al 617-951-0055.