Actualizado el 12 de noviembre de 2020
Con el reciente aumento mundial de los casos de COVID-19, se está generalizando el requisito de llevar una mascarilla cuando se está en público. El aumento de los requisitos de uso de mascarilla ha incrementado el número de personas que afirman estar exentas de este requisito debido a las dificultades respiratorias contempladas en la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA). Aunque la ADA exige a las empresas que hagan "ajustes razonables", esto no significa que las personas no tengan que llevar mascarilla.
Según el Instituto Burton Blatt de la Universidad de Siracusa, es posible que una agencia gubernamental estatal o local o una empresa privada no tenga que proporcionar una modificación razonable de la política de máscaras faciales si la persona con una discapacidad supone una amenaza directa para la salud o la seguridad de los demás. Una "amenaza directa" es un riesgo significativo para la salud o la seguridad de los demás que no puede eliminarse mediante una modificación de las políticas, las prácticas o los procedimientos o mediante la prestación de ayudas o servicios auxiliares.
Por ejemplo, si una persona no lleva una mascarilla mientras hace ejercicio en el interior, está exponiendo potencialmente a otras personas en el gimnasio al COVID-19 si esa persona está infectada. Dado que el uso de la mascarilla tiene como objetivo principal evitar la propagación del virus a otras personas, no llevarla podría considerarse una amenaza directa.
Es importante que las consideraciones sobre lo que constituye una "amenaza directa" se hagan de forma individual, caso por caso. Los requisitos de seguridad decididos por la empresa deben basarse en riesgos reales y específicos, no en especulaciones, estereotipos o generalizaciones sobre las personas con discapacidad.
Los clubes de salud y los gimnasios se enfrentan a un reto especial a la hora de abordar esta cuestión. No hay recogida en la acera ni entrega sin contacto para el ejercicio. En última instancia, le recomendamos encarecidamente que analice con un abogado problemas legales como los requisitos de las máscaras y la ADA. Cada caso es único, y actualmente no existe una cobertura general sobre el uso de máscaras y las discapacidades.
Los fundamentos de las máscaras y las cubiertas faciales
A medida que se van reabriendo los negocios en todo el país, gran parte del debate se centra en los protectores faciales y en la responsabilidad del individuo de utilizarlos cuando el distanciamiento social no es factible.
En la actualidad, la gran mayoría de los estados de EE.UU. y varios países exigen que las personas lleven el rostro cubierto en entornos públicos como supermercados, transporte público y en determinados sectores empresariales en los que no es posible el distanciamiento social. Algunos gobiernos locales están llevando estos mandatos aún más lejos. Por ejemplo, Vietnam, Venezuela y la República Checa exigen que los individuos lleven máscaras siempre que estén fuera de su casa.
Con el aumento de casos en Estados Unidos, partes del Reino Unido, Brasil y Rusia, existe la posibilidad de que los requisitos de las máscaras sean aún más estrictos en las próximas semanas.